
Una reforma de vivienda puede tributar al tipo reducido de IVA si se cumplen los requisitos de la Agencia Tributaria, entre ellos la antigüedad de la vivienda y un límite para los materiales aportados. Desde el 1 de diciembre de 2026 se anuncian cambios mediante un real decreto-ley cuya convalidación está pendiente de verificar. Las ayudas a la rehabilitación del Plan Estatal 2026-2030 las convocan las comunidades autónomas; su disponibilidad en Andalucía está pendiente de verificar.
¿Qué IVA lleva una reforma de vivienda?
Con carácter general, las obras tributan al tipo general de IVA. La Ley del IVA prevé, sin embargo, un tipo reducido, actualmente del 10 % según la Agencia Tributaria, para las obras de renovación y reparación de viviendas cuando se cumplen ciertos requisitos. Los principales, tal como los resume la Agencia Tributaria en su página de novedades de 2026, son:
- Que la construcción o rehabilitación de la vivienda haya concluido al menos dos años antes del inicio de las obras.
- Que el coste de los materiales aportados por quien realiza la obra no supere el 40 % de la base imponible de la operación.
Además, el destinatario debe ser una persona física que no actúe como empresario o profesional y que use la vivienda para su uso particular, o una comunidad de propietarios en obras de su competencia. Si tu caso tiene matices, como una vivienda que se alquila o una obra pagada por una aseguradora, conviene consultarlo con un asesor o con la propia Agencia Tributaria.
¿Qué cambia desde el 1 de diciembre de 2026?
La Agencia Tributaria publica en su página de novedades de normativa de 2026, actualizada el 27 de octubre de 2026, que el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, introduce dos cambios con efectos desde el 1 de diciembre de 2026:
- El tipo reducido se amplía a las obras en viviendas destinadas al arrendamiento como vivienda habitual, cualquiera que sea la condición del arrendador.
- Se añade un requisito de forma de pago: tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito a favor de quien realiza la obra. La Agencia Tributaria indica que este requisito también se aplica a las obras en viviendas de uso particular.
Un real decreto-ley debe ser convalidado para mantenerse en vigor. A la fecha de redacción, la convalidación del Real Decreto-ley 29/2026 está (pendiente de verificar). Antes de firmar, comprueba en la web de la Agencia Tributaria si los cambios están en vigor.
¿Cómo afecta el IVA a la lectura de un presupuesto?
Un presupuesto de reforma debe indicar si los importes incluyen o no el IVA y qué tipo se aplica. Si se aplica el tipo reducido, la empresa necesita comprobar que se cumplen los requisitos, y es habitual pedir al cliente una declaración sobre el uso de la vivienda.
El requisito de los materiales tiene un efecto práctico: cuanto más material aporta la empresa respecto al total, más difícil es cumplirlo. Por eso, en algunas obras con mucho suministro, la forma de organizar la compra de materiales influye en el tipo aplicable. Es una cuestión fiscal que debe analizarse caso por caso y que no debe condicionar la calidad de la obra. Para comparar presupuestos con distinto tratamiento del IVA, lee cómo comparar presupuestos.
¿Qué ayudas a la rehabilitación existen en 2026?
El Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. Incluye una línea de ayudas a la rehabilitación y, dentro de ella, un programa de ayuda a la rehabilitación en las viviendas, orientado a obras en el interior de viviendas de edificios plurifamiliares que mejoren la accesibilidad y la eficiencia energética, en viviendas que sean residencia habitual del propietario o del inquilino.
El Plan establece que la tramitación y resolución de las ayudas corresponde a las comunidades autónomas. Es decir, para poder solicitarlas tiene que existir una convocatoria de la Junta de Andalucía para ese programa. Si esa convocatoria está abierta en el momento en que pides presupuesto es un dato (pendiente de verificar): consúltalo en la web de la Consejería competente en vivienda de la Junta de Andalucía o en el BOJA.
¿Siguen abiertas las ayudas del Plan de Recuperación?
En Andalucía, la convocatoria de ayudas de rehabilitación vinculadas al Plan de Recuperación se aprobó por Orden de 26 de septiembre de 2022. En 2026, el BOJA ha publicado resoluciones que amplían hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo de ejecución de actuaciones ya en marcha cuyo plazo no había vencido. Eso afecta a quienes ya tenían una ayuda concedida; no significa que la convocatoria esté abierta a nuevas solicitudes.
No presentamos estas ayudas como disponibles para obras nuevas. Si alguien te ofrece una reforma «con ayudas del Plan de Recuperación», pide la referencia de la convocatoria y comprueba su estado.
¿Qué pasa con las deducciones del IRPF por eficiencia energética?
La Ley 10/2022 creó deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, acreditadas mediante certificados de eficiencia energética. Según el manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria, el Real Decreto-ley 16/2025 prorrogaba dos de esas deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026, pero esa prórroga quedó derogada por Resolución del Congreso de 27 de enero de 2026.
Si existe una prórroga posterior aplicable a obras realizadas en 2026 está (pendiente de verificar). Además, estas deducciones exigen certificado energético antes y después de las obras, que debe emitir un técnico competente; no forma parte de nuestros servicios.
¿Qué hacemos nosotros y qué no en relación con impuestos y ayudas?
Indicamos en el presupuesto el tratamiento del IVA y, si se aplica el tipo reducido, te pedimos la información necesaria para justificarlo. Desglosamos las partidas de forma que puedan servir de base si un técnico prepara una solicitud de ayudas.
No tramitamos ayudas, no emitimos certificados energéticos ni redactamos proyectos técnicos. Tampoco ofrecemos financiación. Si tu reforma depende de una ayuda, lo prudente es no empezar la obra hasta confirmar las condiciones de la convocatoria, porque algunas exigen que las obras no hayan comenzado antes de solicitarla. Esa condición concreta depende de cada convocatoria (pendiente de verificar).
¿Dónde comprobar la información actualizada?
- IVA: sede electrónica de la Agencia Tributaria, apartado de novedades de IVA.
- Deducciones del IRPF: manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria.
- Plan Estatal de Vivienda: Real Decreto 326/2026 en el BOE.
- Convocatorias en Andalucía: BOJA y web de la Consejería competente en vivienda.
Las referencias están al pie de esta guía con su fecha. Si quieres ver cómo encaja el IVA en un presupuesto real, consulta presupuesto por partidas; y para el calendario de pagos, pagos y plazos.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: Novedades de normativa IVA 2026 (página actualizada el 27/10/2026)
- Agencia Tributaria: Manual práctico Renta 2025, deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética
- BOE: Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (texto consolidado)
- BOJA núm. 109, de 09/06/2026: ampliación de plazos de ejecución, Línea 3 de rehabilitación (Plan de Recuperación)
Bauman Raymond Attila · Presupuesto Reforma · Avenida Antonio Belón 3, Marbella. Última revisión: 05/11/2026.

